Emite CNDH recomendación a gobernadores de Puebla y QR por caso Cacho
Hay pruebas suficientes de que la periodista fue objeto de tortura y maltrato emocional mientras permaneció detenida, señala.
La Jornada On Line
Publicado: 12/03/2009 14:44
México, DF. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación 16/2009 a los gobernadores de Puebla y Quintana Roo, Mario Marín Torres y Félix Arturo González Canto, respectivamente, toda vez que determinó que hay pruebas suficientes que sugieren que en diciembre de 2005, mientras estuvo detenida, la periodista Lydia Cacho fue víctima de tortura.
En un comunicado, el organismo advirtió también que en el caso de Cacho Ribeiro se dieron irregularidades administrativas por parte de la Procuraduría de Justicia de Quintana Roo, la cual permitió que la comunicadora fuera aprehendida, el 16 de diciembre de ese año, antes de que el Ministerio Público de ese estado recibiera el oficio de colaboración de su similar en el estado de Puebla, que originalmente solicitó su captura y traslado.
Según la exhaustiva documentación de la CNDH hubo participación de gente ajena al Ministerio Público tanto al momento de la detención en Quintana Romo como en el traslado hacia Puebla, mismo que duró 20 horas. Durante ese lapso, señala, no se le permitió utilizar los medicamentos prescritos para trarse una neumonía -del cual existía constancia médica previa- y recibió por parte de algunos de los captores mensajes atemorizantes sobre la posibilidad de ser arrojada al mar.
Por lo que toca a la violación grave de garantías individuales, las cuales ya fueron analizadas por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la CNDH explica que pese a su determinación, existe la facultad para que otros órganos del Estado ejerzan las atribuciones que les correspondan, sea cual fuere su naturaleza.
En ese sentido, el personal que participó en los hechos violentó los derechos a la legalidad, la seguridad jurídica, la integridad personal, la protección a la salud y la libertad de expresión, en particular los servidores públicos de las dos procuradurías involucradas, quienes incurrieron en actos de tortura, intimidación y malos tratos, que resultaron "altamente traumáticos y con una sintomatología correlacionada con las secuelas producidas por acciones violatorias de la dignidad de la persona".
Por lo anterior, al mandatario de Puebla se le pide reparar el daño causado a Cacho Ribeiro; que la contraloría interna de la procuraduría estatal investigue y sancione a los elementos de la Policía Judicial que participaron en la detención, y que se inicie averiguación previa para determinar su responsabilidad penal; asimismo, que se establezcan acciones para la prevención de la tortura, mediante capacitación a elementos de la Policía Judicial , y a los servidores públicos del gobierno poblano en materia de derechos humanos y libertad de expresión, para que en el ejercicio de sus funciones se apeguen a la legalidad y omitan realizar acciones o pronunciamientos que puedan implicar violaciones a los derechos humanos.
A su vez, al gobernador de Quintana Roo se le solicita que la contraloría interna de la procuraduría estatal investigue las responsabilidades administrativas y penales del agente de la Policía Judicial que participó en la detención de la señora Cacho Ribeiro; se instruya al procurador general de Justicia para que se identifique a los elementos de la Policía Judicial que apoyaron a sus similares del estado de Puebla hasta salir de la ciudad de Cancún, y se les inicie procedimiento administrativo de responsabilidad por la omisión de informar de su participación en un operativo para detener y trasladar a una persona.
Ambos cuentan con 15 días hábiles para responder sobre la aceptación de la misma, así como otros 15 días hábiles para aportar las correspondientes pruebas de cumplimiento de la misma. La falta de presentación de pruebas, precisa, dará lugar a que se interprete que la recomendación no fue aceptada y la CNDH quedará en libertad de hacer pública esta circunstancia.
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