Diputados acuerdan una nueva definición del término en el Código Penal
Modifican el tipo penal para que de la primera a la duodécima semana ya no sea considerado como delito
Reducen las sanciones para las mujeres que se lo practiquen despues de ese periodo
RAUL LLANOS S. , GABRIELA ROMERO S.
Anoche, minutos antes de las 23 horas, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó en comisiones unidas, en lo general y en lo particular, el dictamen de reformas en materia de aborto, por el cual se modifica el tipo penal de éste, para que de la primera a la doceava semana no sea ya considerado como delito en el DF.
Asimismo, se reduce la penalidad para las mujeres que recurran a la interrupción del embarazo después de ese periodo, al pasar de 1 a 3 años de prisión a de 3 a seis meses de prisión o de 100 a 300 días de trabajo comunitario.
Durante la sesión de ayer de las comisiones unidas de Equidad y Género; Salud, y de Administración y Procuración de Justicia, los 10 legisladores del PRD, uno del PRI, dos de la Coalición Socialdemócrata y uno del Panal acordaron una nueva definición de aborto en el artículo 144 del Código Penal para el Distrito Federal, en el que se establece que "es la interrupción del embarazo después de la décima segunda semana de gestación".
Esta modificación, que tuvo cuatro votos en contra del PAN y uno del PVEM, suscitó un largo y por momentos ríspido debate entre los legisladores. Así, los opositores, encabezados por la panista Paula Solo, argumentaron que era un dictamen ilegal, pues nunca se presentó en tribuna una iniciativa para modificar ese artículo 144, por lo que se trataba de una "tramposa y engañosa aprobación", que buscaba "de un plumazo cambiar las cosas".
Daniel Ordóñez, presidente de la Comisión de Justicia, y Arturo Santana, argumentaron la soberanía de los diputados locales, e inclusive se citó una jurisprudencia, para justificar esas modificaciones.
Cuando la discusión subió de intensidad y rispidez, Enrique Pérez, de la coalición, acusó a los panistas de pretender "sabotear" y "torpedear" los trabajos de los diputados.
Su coordinador, Jorge Carlos Díaz Cuervo, prácticamente enfrió a los panistas cuando cuestionó a Paula Soto: "respóndame sí o no, usted aprobó la Ley de la Igualdad Sustantiva entre Hombres y Mujeres en la cual se modificó artículos que no estaban en la iniciativa"
La legisladora del PAN tuvo que aceptar que "se trataba de un acuerdo; (modificar artículos no incluídos en la iniciativa) fue parte de un acuerdo que establecimos".
Luego de dos horas de discusión sólo el artículo 144, el panista Agustín Castilla dijo que como los perredistas, priístas y de la coalición no cambiarían su postura, "nos sujetaremos a la tiranía de la mayoría".
Giro de 360 grados
Con la modificación al 144 -que fue rechazado por los legisladores de PAN y PVEM, y que significó un giro de 360 grados respecto a la iniciativa de la coalición- se salvó la redacción anterior en la que se incluía una quinta casual de excluyente de responsabilidad penal, y que ésta a su vez salvaba la redacción de la reforma inicial que proponía "afectación al proyecto de vida" para darse el aborto durante las primeras 12 semanas.
Daniel Ordóñez, del PRD, precisó que el cambio al 144 se dio para evitar que una vez aprobada la reforma no sea rechazada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuando la impugne el PAN.
Según el dictamen aprobado -que se discutirá y votará en la sesión ordinaria de la ALDF del próximo martes 24- se incluye también la figura del "aborto forzado", en el que se precisa que "es la interrupción del embarazo, en cualquier momento, sin el consentimiento de la mujer embarazada".
Se establece que "al que hiciere abortar a una mujer por cualquier medio, sin su consentimiento, se le impondrá de 5 a 8 años de prisión. Si mediare violencia física o moral, se impondrá de 8 a 10 años de prisión", por lo que en ambos casos sería delito grave, sin libertad bajo caución.
En el artículo 147 se precisa que si el aborto o el aborto forzado lo causara un médico cirujano o partera, enfermero o practicante, se le suspenderá en el ejercicio de su profesión u oficio el mismo tiempo que se le haya impuesto de pena de prisión.
Otra de las modificaciones en el dictamen fueron a la Ley de Salud, donde se establece que el gobierno del Distrito Federal, a través de sus instituciones públicas de salud, tendrá la obligación de atender a las mujeres que soliciten abortar aun cuando cuenten con algún otro servicio de salud público o privado.
Dentro del artículo 16 Bis 8 se incluye que el GDF promoverá políticas integrales de salud sexual para prevenir los embarazos no deseados, entre otros objetivos. También se crea una consejería médica y social para proporcionar a la mujer que aborte las causales excluyentes y las opciones a esa decisión, y brindará apoyo después de recurrir a esa práctica.
Ebrard descarta veto
Por otra parte, aunque ha aumentado la polémica en torno a la despenalización del aborto, el jefe del Gobierno del Distrito Federal, Marcelo Ebrard, reiteró que no existe la posibilidad de emitir algún veto, en caso de que la ALDF apruebe el dictamen. Dijo que a partir de que se difundió su número telefónico por un grupo opositor a las reformas en la materia ha recibido llamadas en favor y en contra de la iniciativa, situación que calificó como normal al discutirse un tema de esta naturaleza.
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